El Tribunal Supremo aprecia por primera vez la responsabilidad penal de las personas jurídicas


a sentencia explica los requisitos para apreciar la responsabilidad de las empresas de acuerdo al artículo 31 bis del Código Penal. En primer término, como presupuesto inicial, debe constatarse la comisión de delito por una persona física que sea integrante de la persona jurídica (en este caso eran administradores de hecho o de derecho).

AEAEC Domicilio Social

  • +34 938 049 038
  • info@aeaecompliance.com
  • http://www.aeaecompliance.com
  • Passeig Vergaguer, número 120, Entlo. 4ª, Igualada (Barcelona)

SÍGUENOS EN